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El pasado 8 de Diciembre de 2022, la Autoridad Aeronáutica venezolana emitió un nuevo Notam (Notice to Air Missions). Este Notam describe la RESTRICCIÓN de operaciones de drones en todo el territorio nacional hasta el próximo 08 de diciembre de 2023, excepto para aquellos operados por empresas u organizaciones certificadas que cuenten con la autorización expresamente otorgada por el INAC para cada operación.
El cumplimiento de la legislación aeronáutica vigente en nuestro país, es necesario para garantizar la seguridad y protección del tráfico aéreo, permitiendo un desarrollo controlado y eficiente de la aviación civil, tanto para aeronaves tripuladas como para las no tripuladas y su integración en el espacio aéreo.
Según este comunicado o aviso a los aviadores, se requerirá que todos los operadores de drones certificados bajo un ROC (RPA Operator Certificate), obtengan un permiso del INAC antes de que puedan realizar operaciones aéreas con sus drones en el espacio aéreo de todo el territorio nacional.
Cabe destacar que esta renovación de la restricción incluye también a los vuelos recreativos y que poseer una licencia de piloto de drones, emitida por el INAC, NO es aval ni permite realizar trabajos aéreos con drones en el territorio nacional. Aquel piloto de dron que tenga una licencia, podrá formar parte de la tripulación de una empresa certificada, o crear una empresa y certificarla ante el INAC, según lo establecido en la RAV 130. Luego de esto, sí podrá solicitar ante la Autoridad Aeronáutica los permisos correspondientes a las operaciones aéreas que desee llevar a cabo, cumpliendo con lo establecido en las Regulaciones Aeronáuticas de Venezuela.
Si quieres certificarte como operador de drones y hacerlo de forma legal y segura, no dudes en contactarnos y con gusto te orientaremos.
Grupo Updrone de Venezuela, C.A.


Es una información que debería ser transmitida por la autoridad aeronáutica en todas sus redes sociales, radio y tv para que toda la población que hace uso de esta tecnología este al tanto. Es importante resaltar que el incumplimiento de este NOTAM es una violación a las leyes Aeronáutica y es penado.
Es así, es una restricción de obligatorio cumplimiento para cualquier persona natural o jurídica dentro del territorio nacional.
Buenos días …
De acuerdo a lo comentado, por qué los drones recreativos no podrán volar en territorio venezolano si la misma ley indica que los dones recreativos pueden volar…siempre y cuando no lo hagan para monetizar las imágenes y bajo los parámetros que ya poseen dentro de la ley aeronáutica.
Creo que los clase A podrán volar siempre y cuando cumplan con los parámetros…
Lo comento porque en un parrafo dice que ni los recreativos …
Gracias
Hola. La Autoridad Aeronáutica es la encargada de administrar el espacio aéreo y según lo previsto en el artículo 57 de la Ley de Aeronáutica Civil, tiene la potestad de suspender, restringir o prohibir la navegación aérea por razones de interés público o de seguridad y defensa. Esta restricción afecta a las 4 clases de drones o RPA, contempladas en las RAVs (clase 1, 2, 3 y 4).